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Comentario a los artículos 6.4 y 16 del Borrador de Reglamento Orgánico de los CIFP de Murcia: si se cargan el Departamento de FOL, ¿a dónde vamos, y con quién?

En el artículo 6.4 desaparecen los Departamentos de Formación y Orientación Laboral y se crea el llamado Departamento de Información y Orientación Profesional en el art. 16 que nos encuadra como integrantes en esos Departamentos. ¡Adiós Departamento de F.O.L.! Nos hallaremos en este supuesto ante otra discriminación negativa: Los compañeros/as de FOL que impartan docencia en los IES tendrán su departamento didáctico. Los que impartan docencia en los C.I.F.P no tendrán un departamento específico de la especialidad y nos meterán en ese cajón de sastre. O sea que volvemos al pasado reciente. Además de que perderemos las 3 horas de jefatura de departamento. Además vamos a ser una especie de Oficina de Empleo encubierta: vamos a apoyar e impulsar el autoempleo, vamos a informar a las personas interesadas (además del alumnado) sobre oportunidades de acceso al empleo, vamos a elaborar estadísticas de inserción laboral del alumnado, vamos a colaborar en la gestión de la bolsa de trabajo del CIFP, además de dar nuestras 17, 19, 20 horas de clase o las que nos pongan por imperativo legal. ¿Y qué más?

23/05/2009 11:10:08