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Dirección General de Cultura |
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LOS DERECHOS DE AUTOR Y LAS OBRAS INTELECTUALES |
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| 4 | ¿Qué derechos se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual? |
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Se pueden inscribir
los derechos morales del autor (autoría e integridad de la obra) y los
derechos económicos (distribución, reproducción, comunicación pública,
transformación) que pueden corresponder a otras personas o empresas
distintas del autor. |
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5 |
¿Qué obras pueden acceder al Registro de la Propiedad intelectual? | ||
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En el Registro
pueden inscribirse los derechos sobre todas las obras, actuaciones y
producciones protegidas por la Ley de la Propiedad Intelectual. |
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